SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) ha dado un paso crucial al establecer métodos alternativos de comunicación para garantizar que las personas con discapacidad del habla, así como aquellas con otras condiciones que limitan su expresión verbal, puedan expresar su consentimiento al contraer matrimonio de manera efectiva.
A través de la Sentencia TC/0492/24, esta alta corte ha definido que las personas involucradas en estos casos pueden utilizar el lenguaje de señas, la comunicación aumentativa y alternativa, así como métodos táctiles o escritos. Además, se permite el uso de tecnología y otros medios que sean considerados adecuados.
El TC destacó que la disposición del artículo 167 de la Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil, que requiere que el consentimiento para el matrimonio sea verbal, no contempla ajustes necesarios para situaciones especiales. Esta interpretación busca ofrecer un espacio inclusivo, garantizando que todas las personas tengan voz en decisiones tan significativas.
La sentencia fue el resultado de una acción directa de inconstitucionalidad presentada por Zurisadai Abreu Espinal, Félix Antonio Sierra Sepúlveda y Anli Esther Ortega Tineo. Los demandantes argumentaron que el artículo 167 violaba principios esenciales como la igualdad, la protección de la familia y los derechos de las personas con discapacidad, tal como se establece en los artículos 39, 55 y 58 de la Constitución.
Al abordar esta situación, el TC no solo interpretó la ley, sino que reafirmó la responsabilidad del Estado de implementar medidas inclusivas que eliminen las barreras para las personas con discapacidad. Esto refuerza el compromiso hacia una igualdad real y efectiva, de acuerdo con el artículo 58 de la Constitución.
Este fallo representa un avance significativo en la garantía de derechos para las personas con discapacidad en el país. Además, refuerza su autonomía y derecho a decidir sobre su vida familiar, sentando un precedente para la modificación de normas y prácticas institucionales en favor de una sociedad más inclusiva y que valore la diversidad.
El Pleno del TC está compuesto por los magistrados Napoleón R. Estévez Lavandier, presidente; Miguel Aníbal Valera Montero, primer sustituto; y Eunisis Vásquez Acosta, segunda sustituta, entre otros miembros destacados, quienes apoyan esta significativa decisión.
Métodos Inclusivos para el Consentimiento Matrimonial
- Se establecen métodos alternativos de comunicación para personas con discapacidad del habla.
- La sentencia TC/0492/24 permite el uso de lenguaje de señas y tecnologías.
- Se busca eliminar las barreras en el consentimiento matrimonial según la Constitución.
- Este fallo promueve la autonomía y el derecho a decidir sobre la vida familiar de las personas con discapacidad.




