CNSS Lanza Per Cápita Diferenciada en Mayo

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) comenzará en mayo la implementación de un modelo de per cápita diferenciado por edad y sexo en el Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo. Esta medida histórica busca fortalecer la equidad, la sostenibilidad y la capacidad de respuesta del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

La decisión fue aprobada mediante la Resolución del CNSS No. 634-02, el 31 de octubre de 2025. Se fundamenta en lo establecido en el artículo 169 de la Ley 87-01, que otorga al CNSS la facultad de establecer tarifas diferenciadas en función del riesgo, siempre que existan condiciones técnicas válidamente demostradas.

Este nuevo esquema está respaldado por estudios técnicos y actuariales presentados por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), los cuales evidencian la necesidad de ajustar el financiamiento del sistema a las demandas reales de salud de la población afiliada. Este enfoque busca una asignación más eficiente y equitativa de los recursos destinados a la salud.

La implementación de la cápita diferenciada representa un avance significativo hacia un modelo de salud más justo y solidario. Distribuye los fondos según variables objetivas como la edad y el sexo, reconociendo que distintos grupos poblacionales requieren diferentes niveles de atención sanitaria.

Particularmente, este nuevo enfoque beneficiará directamente a la población de adultos mayores, quienes, debido a su perfil epidemiológico, requieren una atención sanitaria más frecuente y extensa en comparación con los grupos más jóvenes. Este reconocimiento y ajustes en la política de salud son pasos cruciales hacia una atención más personalizada y acorde con las necesidades de cada segmento de la población.

Modelo de financiación sanitaria por edad y género

  • Inicio de un per cápita diferenciado en mayo.
  • Aprobación basada en la Resolución del CNSS No. 634-02.
  • Fundamentos técnicos de la Sisalril destacan necesidades reales de atención sanitaria.
  • Beneficio directo para la población de adultos mayores en la asignación de recursos.

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