El Tribunal Superior Electoral (TSE) ha declarado en estado de fallo reservado la demanda de nulidad y la solicitud de medida cautelar interpuestas contra una reciente decisión adoptada por el Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), en febrero de 2026.
El pleno de la Alta Corte, que incluye a los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del tribunal, y a los jueces Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, ha concedido un plazo común de diez días a las partes involucradas. Durante este tiempo, deberán presentar sus escritos justificativos de conclusiones respecto a la demanda.
Una vez que se cumpla este plazo, el expediente se mantendrá en estado de fallo reservado, permitiendo al tribunal emitir su decisión posteriormente. Este proceso aborda los expedientes fusionados números TSE-01-0018-2026 y TSE-01-0019-2026, que se centran en la solicitud de nulidad contra la resolución del Comité Central del PLD adoptada el 22 de febrero de 2026.
La interposición de esta acción fue llevada a cabo por Manfred Alberto Mata Echt y Dayamo Victoriano Ramírez, quienes solicitan la nulidad de la decisión del PLD, presentando argumentos específicos en sus respectivos documentos. Además, la Alta Corte ha aplazado la audiencia de la Acción Constitucional de Amparo, correspondiente al expediente número TSE-05-0008-2026, para el próximo 3 de agosto. Esta decisión fue tomada a solicitud de la parte accionante, con el fin de analizar adecuadamente la documentación presentada por la Junta Central Electoral (JCE) y preparar su defensa.
Este proceso se inscribe en el marco de una Acción Constitucional de Amparo, alegando la violación continua de derechos fundamentales, como el derecho a la identidad, a la denominación y a la personalidad jurídica.
Estado Actual del Tribunal Superior Electoral y la Demanda Contra el PLD
- El TSE ha dejado la demanda en estado de fallo reservado.
- Se otorgó un plazo de diez días para presentar escritos justificativos.
- Los demandantes aseguran la nulidad de una decisión del PLD.
- La audiencia de la Acción Constitucional de Amparo se aplazó para el 3 de agosto.




