El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través del Viceministerio de Recursos Costeros y Marinos, ha anunciado el inicio de la temporada de veda. Esta medida prohíbe legalmente la pesca y comercialización de especies acuáticas que son esenciales para la salud de los ecosistemas. El objetivo primordial es asegurar su adecuada reproducción y conservación.
Entre las especies marinas sujetas a esta veda se encuentran varias especies de langostas, incluyendo la espinosa (Panulirus argus), la pinta (Panulirus guttatus) y la de piedra (Scyllarides aequinoctialis). Además, se prohíbe la pesca de diversos cangrejos, tales como el zumbá o pelú (Ucides cordatus), la paloma de cueva (Gecarcinus lateralis), el moro (Cardisoma guanhumi), el cangrejito rojo (Gecarcinus ruricola) y la jaiba sírica (Callinectes sapidus). Esta veda se establece desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio.
Asimismo, existen otras especies en veda permanente según el Decreto 313-86. Entre ellas se encuentran las que pertenecen al grupo de las ciguas tóxicas, como la barracuda (Sphyraena barracuda), la picúa (Sphyraena barracuda), el medregal (Seriola rivoliana) y el peje rey (Elops saurus).
Inicio de la Temporada de Veda en Especies Acuáticas
- La temporada de veda busca la conservación y reproducción de especies marinas.
- Las langostas y diversos cangrejos están en veda entre marzo y junio.
- Especies en veda permanente incluyen la barracuda y el medregal.
- La medida es parte de una estrategia más amplia para proteger los ecosistemas acuáticos.



